Si acabas de constituir una SA en Panamá, el primer gasto recurrente que verás aparecer en la factura de tu Resident Agent lleva un nombre peculiar: Tasa única. No es ni un impuesto sobre la renta, ni una cotización social. Es simplemente el derecho a mantener tu SA activa en el registro público panameño.
Lo que es, en una frase
La Tasa única es un impuesto corporativo anual de unos 300 USD, impuesto por el artículo 318-A del Código Fiscal panameño, debido por toda sociedad anónima panameña — esté activa o totalmente dormante — antes del 15 de julio de cada año.
Quién debe pagar
Todas las SA panameñas, sin excepción. Incluye:
- Las SA activas comercialmente (ingresos, contratos, operaciones)
- Las SA dormantes (sin actividad desde la constitución)
- Las SA en curso de disolución (hasta su cancelación efectiva en el registro)
- Las SA holding (que solo tienen participaciones)
El único caso de exención: la SA está oficialmente disuelta y cancelada en el Registro Público antes del 15 de julio del año en curso.
Cuánto cuesta exactamente
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Monto nominal Tasa única | 300 USD para la mayoría de las SA estándar |
| Honorarios despacho (Resident Agent) | 25-100 USD según tarifas |
| Penalidad por retraso | 50 USD por año faltante, acumulativo |
A confirmar por escrito con tu Resident Agent antes de firmar el contrato.
Cuándo pagar
| Fecha constitución SA | Primer vencimiento Tasa única |
|---|---|
| 1 enero — 30 junio | Antes del 15 de julio del mismo año |
| 1 julio — 31 diciembre | Antes del 15 de julio del año siguiente |
| Vencimientos siguientes | Cada 15 de julio sin excepción |
Cómo funciona concretamente
En el 95 % de los casos, tu Resident Agent (el despacho de abogados panameño que actúa como tu punto de contacto oficial con la administración) gestiona el pago directamente. La secuencia estándar:
- Mayo-junio: tu despacho te envía una factura anual que incluye la Tasa única + sus honorarios
- Pagas la factura (transferencia Wise, tarjeta, a veces Zelle si el despacho tiene banco US)
- El despacho efectúa el pago a la Tesorería Nacional y te envía el comprobante (paz y salvo)
- Conservas el comprobante 5 años mínimo (duración legal de conservación de los registros contables)
Sanciones en caso de olvido
⚠️ Consecuencias acumulativas:
- Penalidad de 50 USD por año faltante, acumulativa
- El estatus de la SA cambia a “no operativo” en el Registro Público — visible públicamente
- El Resident Agent puede suspender su servicio (la SA se vuelve no funcional: imposibilidad de firmar contratos, cierre probable de la cuenta bancaria a término)
- Más allá de 3 años acumulados no pagados: la DGI puede ordenar la disolución forzada
Para recordar
La Tasa única es la más barata y la más simple de las obligaciones anuales de una SA panameña. También es aquella cuyo olvido tiene las consecuencias más rápidas — tu SA se vuelve “no operativo” desde unos meses de retraso. A automatizar absolutamente en tu calendario de compliance.
Para profundizar
- Registros Contables SA Panamá: la obligación anual — Memo n.º 14
- Abrir cuenta bancaria en Panamá
- Visa Friendly Nations
Artículo publicado el 21 de mayo 2026 por las fundadoras de Inside Panama, marca de LAS FUNDADORAS HERMANAS S.A. (RUC 155776412-2-2025).